jueves, 26 de abril de 2012

Guía de Prestaciones y Ayudas


Recientemente se acaba de publicar la tercera edición de la Guía de prestaciones para personas mayores, personas con capacidad y personas en situación de dependencia, (lo que puede suceder tras haber sufrido un Ictus).
Esta guía se editó por primera vez en el año 2005 y este año se lanza la cuarta edición con información actualizada de ayudas estatales y autonómicas.
Es realmente completa, tiene 541 páginas organizadas en dos bloques: primero se recogen las ayudas estatales y después las que ofrecen las distintas comunidades. 

La información presentada recoge, entre otras, prestaciones por incapacidad, pensiones de invalidez, complemento por residencia en vivienda alquilada, prestaciones a personas con discapacidad, prestaciones por dependencia, centros de promoción de la autonomía personal, centros de atención a personas con dependencia, centros estatales de referencia, subvenciones, ayudas a domicilio, teleasistencia, ayudas para el acogimiento familiar, centros de día, pisos tutelados, servicio de orientación jurídica para mayores, etc
A final de la guía hay un listado de direcciones y teléfonos de información, que para el caso de Madrid remiten a estas Administraciones:
MADRID
Consejería de Asuntos Sociales
Dirección General de Servicios Sociales
MADRID.- C/ O´Donnell, 50. C.P. 28009
Tfno: 913 925 686
Dirección General de Coordinación de la Dependencia
MADRID.- C/Agustín de Foxá, 31 Planta. baja. C.P.28071
Tfno: 012 y 915 804 260

La guía completa se encuentra en la web del Inserso, a la que se puede llegar a través del siguiente enlace:


Gracias a los autores por este gran trabajo, tan útil para todos nosotros.


domingo, 15 de abril de 2012

Empresas que ayudan en la búsqueda de residencias

Cuando se decide que la solución más apropiada a corto plazo después de un Ictus es una residencia, son muchas las dudas que surgen a la hora de cómo buscar la más apropiada en un corto periodo de tiempo.

Una opción es buscar en los distintos listados que podemos encontrar en la web, como por ejemplo en el Portal Mayores del Imserso:


Afortunadamente hoy en día existen empresas y asociaciones nos pueden ayudar en esta labor de búsqueda y además lo hacen de forma gratuíta, para mi fue todo un descubrimiento, y se lo debo a la trabajadora social, ya que nos ahorraron un montón de horas, visitas y llamadas telefónicas.

Funcionan de maravilla, nosotros nos quedamos gratamente sorprendidos y enormemente agradecidos por sus servicios.

Lo primero que hacen es pedir todos los datos de la persona a la que se desea ingresar: edad, estado de salud, niveles de dependencia, (por ejemplo, si controla esfínteres o necesita pañales, si se puede levantar de la cama, pasar de la cama al sillón, andar, subir escalones, asearse por si mismo, comer.. ect).

Después preguntan también por el presupuesto que se puede pagar, normalmente el coste mensual de las residencias puede estar entre los 1.300 € y 2.000 €, dependiendo mucho de la zona, (hay una diferencia notable entre Madrid Capital y municipios de las afueras). El precio también cambia mucho dependiendo de si se desea una habitación individual o se acepta una compartida, (puede haber diferencias de entre 300 y 400 €).

Estas empresas también se encargan de hacer una búsqueda por zonas en función de las preferencias que puedan existir en la familia, dato a tener en cuenta para las futuras visitas.

A veces es necesaria una cita para tratar el tema con ellos, otras veces es suficiente con una conversación telefónica para abrir la ficha y empezar a trabajar.

Con todos los datos que les suministramos se encargan de hacer una búsqueda de las residencias más apropiadas, cercanas y con todos los servicios necesarios. A veces también se encargan de llamar a sus directores para preguntar directamente si hay plazas disponibles.

Normalmente la respuesta es muy rápida, (media hora después de llamar en mi caso). Proporcionan un listado de residencias recomendadas que cumplen todos los requisitos, junto con la ficha de cada una de ellas, (dirección, teléfono, servicios, nombre del director, etc), y también un presupuesto, el cual suele ser algo inferior al que proporcionan las residencias, (debido a acuerdos entre las partes y en beneficio de los ciudadanos).


Algunas de las empresas de la Comunidad de Madrid son las siguientes:

- ESSIP: Empresa de Servicio Social de Iniciativa Privada
  C/ Oruro 11, 1º C
  91.345.06.26
  902.333.099
  ESSIP

- Asociación Benéfico Geriátrica
  C/ Mayor 1, 2ª planta, oficina 24
  91.522.42.43
  91.523.47.86
  ABG Madrid

- AMRTE: Asociación Madrileña Residencias Tercera Edad
  C/ Travesía de Pinzón 5
  902.22.17.22 
  AMRTE

- Desarrollos Tercera Edad
  91.474.29.99
  Desarrollos Tercera Edad


 

Vida después del Ictus

El problema de los cuidados después del Ictus ha de empezar a resolverse cuanto antes, a ser posible mientras el enfermo continúa ingresado.


Lo mejor es tratar este tema directamente con los Servicios Sociales del Hospital, los asistentes sociales se encargarán de comentarnos las opciones más adecuadas.


Algunas ideas son las siguientes:


1. Hospital de rehabilitación público.

Para esto es necesario que el hospital donde esté ingresado el paciente sea público y que médicos y asistentes sociales se pongan de acuerdo para emitir un informe solicitando que se derive al paciente a un centro de rehabilitación, (puede ser mediante ingreso o rehabilitación ambulatoria, en este caso el paciente tendría que desplazarse al hospital todos los días para hacer la rehabilitación).

Algunos de los hospitales rehabilitadores de Madrid de media y larga estancia son:

Virgen de la Torre, en Vallecas.
Virgen de la Poveda, en Villa del Prado
La Fuenfría, en Cercedilla
Hospital de Guadarrama, en la localidad del mismo nombre.




2. Centro especializado en rehabilitación neurológica público.

En Madrid existe un centro de referencia sociosanitario público dedicado a la rehabilitación integral e intensiva de personas con lesión cerebral adquirida y no agresiva, es el Centro Estatal de Atención al Daño Cerebral, (CEADAC). Atiende a personas entre 16 y 45 años que hayan sufrido una lesión recientemente y que presentes dificultades físicas, cognitivas, emocionales y / o de independencia funcional relacionaas con dicha lesión.




3. Centros especializados en rehabilitación neurológica privados.


En Madrid también existen centros especializados privados. Algunos de ellos ofrecen la posibilidad de ingreso, otros sólo realizan rehabilitación ambulatoria. Los precios son bastante elevados, normalmente se realiza un diagnóstico inicial por el que se cobra aporximadamente 100 €. Después, se diseña un programa especializado para el paciente en función de su estado y sus posibilidades de recuperación, este programa puede contemplar de una a cinco sesiones a la semana e incluso dos al día. Se suele cobrar por sesión o por día en el caso de ingresos, el coste total suele estar en torno a 2.000 € mensuales.


Algunos de estos centros son:


Clínica de Rehabilitación Cerebral San Vicente
Clínica-residencia Arco Iris
Centro de Rehabilitación neurológica Lescer
Instituto de Rehabilitación Neurológica Idrn



4. Residencias públicas y privadas

Existen numerosas residencias para mayores en las distintas comunidades autónomas.


En esta dirección web puede consultarse el listado y hacer búsquedas por precio, zona, tipo de alojamiento, estancia temporal, concierto, ect:


http://www.imsersomayores.csic.es/recursos/residencias/index.htm


Para el caso de una residencia pública su solicitud se gestionaría a través de los Servicios Sociales del distrito, hay baremos de admisión en función de la renta y las listas de espera son largas.


Para cubrir el lapso de tiempo hasta que se adjudica una residencia pública se puede recurrir a una estancia temporal en un centro privado. Existen empresas que informan y asesoran sobre las residencias más adecuadas para cada persona, y además, de forma totalmente gratuíta. Para más información consultar la entrada de este blog sobre búsqueda de residencias privadas.




5. Centros de día

Su solicitud se gestiona tmbién a través de los Servicios Sociales del distrito, se pide a través de la Solicitud de Ayuda a la Dependencia.


En esta dirección web puede consultarse el listado de todos los centros de día públicos y privados, así como hacer búsquedas por zona por ejemplo a través del código postal.

http://www.imsersomayores.csic.es/recursos/centrosdia/index.htm



6. Cuidador en el domicilio

Otra de las posibles soluciones para una persona que ha sufrido un Ictus después de su estancia en el hospital es que regrese a su vivienda, siendo lo más recomendable para al menos los primeros meses que esté con una persona que le haga compañía y se haga cargo de controlar algunos aspectos que pueden ser necesarios, como la ayuda en el aseo personal, control de alimentación adecuada y horarios, pautas de medicación, etc.


La opción más interesante puede ser la de contratar una persona como interna, de tal manera que viva en la vivienda del enfermo y así se asegure que está acompañado prácticamente las veinticuatro horas del día, a excepción de las libranzas que tiene que disfrutar, que es importante tenerlo en cuenta también.

viernes, 16 de diciembre de 2011

Solicitar el Servicio de Teleasistencia (telealarma)



Este servicio está pensado para personas mayores dependientes, con el objetivo de mantenerlas comunicadas permanentemente, (mientras se encuentran en su domicilio), mediante un medallón o pulsera con un emisor que accede telefónicamente a una centralita donde se recibe la llamada de alarma. Una vez activada dicha alarma, se pone en marcha el dispositivo de atención conveniente.


Es una ayuda importante para las personas que se recuperan de un Ictus, ya que pueden quedar con cierto grado de dependencia hasta su total recuperación.


En este enlace se encuentra la información de la Consejería de Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, parte de la cual transcribo a continuación.


Se gestiona a través de los Ayuntamientos, por lo que se solicita en los Servicios Municipales correspondientes al distrito.


Para acceder al servicio de Teleasistencia, es necesario:
1. Solicitar la valoración de la situación de dependencia.
2. Tener el reconocimiento del grado y nivel de dependencia.
3. Disponer del Programa Individual de Atención (PIA) que especifique que requiere el servicio de Teleasistencia. 



¿Quién puede solicitar la Teleasistencia Domiciliaria?Personas mayores de 65 años o con discapacidad (reconocida en un porcentaje igual o superior al 33%), que se encuentren en situación de riesgo por razones de edad, discapacidad, estado de salud, soledad o aislamiento y deseen disponer de un sistema de acompañamiento y vigilancia permanente y garantizar su seguridad.

Requisitos:- Estar empadronado en alguno de los municipios del ámbito geográfico de la Comunidad de Madrid.
- Disponer de línea telefónica fija y en activo, así como de suministro eléctrico.
- Facilitar los datos personales y toda la información necesaria para la correcta prestación del servicio (situación de convivencia, social, sanitaria, etc...), que será tratada de acuerdo a lo recogido en la Ley Órganica de Protección de Datos de Carácter Personal.
- No padecer enfermedad o discapacidad que impida la utilización del dispositivo.
- Proporcionar un juego de llaves del domicilio para posibilitar el acceso en caso de emergencia o, en todo caso, garantizar la posibilidad de acceso a la vivienda en caso de emergencia.
- Autorizar a la empresa o entidad contratista la instalación, en el domicilio, de un terminal de teleinformática, conectado a la red telefónica y eléctrica de la vivienda.

¿Cómo solicitar la Teleasistencia Domiciliaria? Presentando la solicitud en el Centro Municipal de Atención Social Primaria que corresponda al domicilio de la persona interesada en el servicio.
Si se reúnen los requisitos, el Centro ordena a la empresa o entidad contratista la instalación de la Teleasistencia.
Una vez recibida la orden de alta por el contratista, éste se pondrá de acuerdo con el solicitante para hacer la instalación del equipo de Teleasistencia, explicar con detalle su manejo, realizar pruebas de funcionamiento y recoger - autorizadamente - las llaves para acceder al domicilio en caso de una emergencia.
La empresa o entidad procederá a la instalación del servicio en un plazo no superior a 15 días desde la recepción de la orden de alta, salvo en casos de emergencia en que se deberá proceder al alta en 48 horas.

¿Cuánto cuesta? Depende de donde viva la persona interesada, ya que son los Ayuntamientos y Mancomunidades quienes establecen y regulan la participación de los usuarios en el coste del servicio. En todo caso, la cantidad a aportar depende de los ingresos del solicitante y en la práctica, para la mayoría de los casos resulta gratuita.

jueves, 15 de diciembre de 2011

Solicitar las Ayudas a la dependencia

Las ayudas de la Ley de Dependencia la gestionan las Comunidades Autónomas. Toda la información que aquí detallo la he obtenido a través de la Comunidad de Madrid, llamando por teléfono al 012, o bien consultado su web: http://www.madrid.org

Hay que rellenar la Solicitud propiamente dicha, en la que se indican todos los datos del solicitante, (enfermo), así como de la unidad familiar. Se recomienda elegir un representante, ya sea legal o algún miembro de la familia que asuma su representación de forma voluntaria su representación. Es importante sobre todo a la hora de futuras notificaciones por parte de la administración.

La Solicitud puede descargarse de internet: navengando a través de Madrid.org, Asuntos sociales, Personas dependientes, Atención a la dependencia en la comunidad de Madrid, Procedimiento de solicitud o pinchando directamente en este enlace: 
Procedimiento de solicitud

La dejo también aquí:

Solicitud

Tal y como indica la web de la Comunidad de Madrid, la solicitud debe acompañarse de esta documentación:


DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
  • Informe de salud emitido por un médico colegiado.
  • Fotocopia compulsada del DNI/NIE/Pasaporte del solicitante.
  • Fotocopia compulsada del DNI/NIE/Pasaporte del representante.
  • Certificado de empadronamiento que acredite la residencia en un municipio de la Comunidad de Madrid en el momento de presentar la solicitud.
  • Certificado/s de empadronamiento que acrediten la residencia en la nación española durante cinco años, de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud. En el supuesto de residentes que carezcan de la nacionalidad española y no sean comunitarios, deberán presentar certificado de residencia legal por los mismos periodos, expedido por el Ministerio de Interior.
  • Si el solicitante es pensionista de gran invalidez, deberá presentar fotocopia compulsada del documento que lo acredite.
  • Si el solicitante tiene reconocido algún grado de discapacidad, deberá presentar fotocopia del documento que lo acredite.
Todo se puede enviar por vía telemática a través de internet, llevar personalmente o enviar por correo certificado a :

Dirección General de la Coordinación de la dependencia
C/ Espartinas 10, 3ª planta
28001 Madrid

Horario: de 9 a 14 horas



Lo más ágil es presentarlo primero en los Servicios Sociales, ya que desde la Dirección General de la Coordinación de la dependencia lo envían allí para su valoración e informe social. Si se acude antes a los Servicios Sociales del distrito se agilizan los trámites.

La solicitud puede entregarse en la ventanilla única de las juntas de distrito después de haberla mostrado en los Servicios Sociales.

Primeros pasos

Quiero contar todos los pasos que hay que dar desde el principio para asegurar la mayor calidad de vida una vez que se produzca el alta. El tiempo es oro, por lo que nunca es demasiado pronto para empezar a moverse. Una vez que se sepa que el paciente está fuera de peligro podemos comenzar.

Entre las cosas que hay que hacer la más importante es pedir cita con los Servicios Sociales. Para ello, se llama al Ayuntamiento y se pregunta cual es el centro perteneciente al distrito del enfermo. Nos indicarán nombre, dirección y teléfono, y probablemente un teléfono diferente para solicitar cita. Lo que suele suceder es que es bastante difícil establecer contacto telefónico, al menos es lo que ocurrió en nuestro caso, llamábamos mañana y tarde a todos los teléfonos y o comunicaban o nadie los contestaba.

Finalmente tuvimos que desplazarnos hasta allí para solicitar la cita, y para esto es necesario acudir por la mañana. Afortunadamente para esta tarea te puede ayudar otra persona, como fue nuestro caso, para no faltar tanto al trabajo, ya que son muchos lo días que se necesitan para hacer gestiones.

Esto es lo primero que hay que hacer, ya que la cita puede tener un plazo de espera de un mes, por lo que cuanto antes se pida mejor.

Por otro lado, podemos ir preguntando por las trabajadoras sociales del propio hospital donde el enfermo se encuentre ingresado. Si se habla con ellas sobre el caso concreto nos darán ideas y opciones sobre lo que se puede hacer y solicitar. Por ejemplo, si se solicitan ayudas a la dependencia nos podrán decir de qué tipo, (centro de día, residencia, ayuda domiciliaria, ayuda económica.. ect). Todo se solicitará posteriormente, pero nos informarán sobre las mejores opciones de que concedan una u otra, según la situación social y económica del enfermo y la unidad familiar.

En el caso de se plantee la posibilidad de trasladar al enfermo a una centro de rehabilitación público también lo gestionan ellas, por lo que su labor y colaboración con la familia es de gran importancia para el enfermo. Para ello, han de hacer un informe social, en el evalúan la situación familiar, condiciones económicas,  habitabilidad y barreras arquitectónicas de la vivienda del enfermo. Este informe se adjunta a los informes médicos y de rehabilitación y se envía al centro solicitado.

Por último, otra de las cosas que podemos hacer es empezar a leer e informarnos sobre el Ictus, hoy en día la información es mucho más accesible gracias a las nuevas tecnologías y eso es una gran ventaja. En la web podemos encontrar páginas especializadas, así como ponernos en contacto con asociaciones, fundaciones y centros especializados.

Aquí empieza nuestro Máster!

Afortunadamente, no estamos solos.

Os dejo la frase que aparece en la página principal de Fedace, Federación Española de Daño Cerebral, la cual me motiva cada día par seguir luchando.

"Una vida salvada, merece ser vivida."